martes, 9 de abril de 2013



Resoluciones Adoptadas por Comisión de Carreras

En su sesión del dí­a 3 de abril de 2013

PROFESIONALES SANCIONADOS
 
JOCKEYS Y/O JOCKEYS APRENDICES
 
SEVERO APERCIBIMIENTO: al jockey GUSTAVO E. CALVENTE, por haber incrementado su peso neto en 800 gramos en pista normal, luego de disputada la 3ª carrera del 30  de marzo p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Intimada Key” y ser reincidente,  haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones. Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras. 
APERCIBIR: al jockey RODRIGO G. BLANCO, por haber incrementado su peso neto en 900 gramos en pista normal, luego de disputada la 13ª carrera del 30  de marzo p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Quskus”, haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones. Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras. 
APERCIBIR: al jockey DANTE ECHEVERRIA, por hallarse excedido en el peso establecido en el programa para competir con el s.p.c. “Ubim”, en la 13ª carrera del 27 de marzo p.pdo., hecho este que motivara el no cumplimiento del compromiso de monta contraído, haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones. Artículo 16,  Inciso XII del Reglamento General de Carreras.
 
ENTRENADORES
 
MULTAR: en la suma de $ 250,00, al Entrenador Dn. SERGIO H. MEGO, por haber presentado al  s.p.c.  “New Jewell” con la vacuna contra Influenza Equina vencida, en la 9ª carrera del 27 de marzo p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle saber que la reiteración de tal situación dará lugar a sanciones que la Comisión de Carrera estime corresponder. Artículo 14,  Inciso II del Reglamento General de Carreras.
APERCIBIR: al Entrenador Dn. JORGE O. ROLDAN, por haber presentado el retiro del s.p.c. “Indio Catch”, en la 2ª carrera disputada el  día 27 de marzo p.pdo., luego del término establecido en el Artículo 15, Inciso V del  Reglamento General de Carreras.
APERCIBIR: al Entrenador Dn. MIGUEL A. ANDREONI, por haber presentado el retiro del s.p.c. “Trueno Moro”, en la 10ª carrera disputada el  día 27 de marzo p.pdo., luego del término establecido en el Artículo 15, Inciso V del  Reglamento General de Carreras.
APERCIBIR: al Entrenador Dn. JOSE L. ARRATIVEL, por haber presentado el retiro del s.p.c. “Tribute To Teie”, en la 8ª carrera disputada el  día 30 de marzo p.pdo., luego del término establecido en el Artículo 15, Inciso V del  Reglamento General de Carreras.
APERCIBIR: al Entrenador Dn. MARCELO C. J. SUMPF, por haber presentado el retiro del s.p.c. “Storm Benigno”, en la 9ª carrera disputada el  día 30 de marzo p.pdo., luego del término establecido en el Artículo 15, Inciso V del  Reglamento General de Carreras.
 
CABALLERIZAS
 
APERCIBIR: al titular de la caballeriza “Fortín Pampa”, por no haber adoptado los recaudos necesarios para la participación del s.p.c.  “Azúcar Cove”, a cargo del Entrenador Dn. Héctor S. Rodriguez, inscripto para la 7ª carrera del 27 de marzo p.pdo. Asimismo se dispone hacerle saber que previo a la ratificación dicho s.p.c. deberá poseer la documentación correspondiente otorgada por el Stud Book Argentino y no podrá competir en las carreras ya programadas. Artículo 5, Inciso VII del Reglamento General de  Carreras.
APERCIBIR: al titular de la caballeriza “Algún Día” (LP),  por no haber adoptado los recaudos necesarios para la participación del s.p.c. “Señor Melnik”, a cargo del Entrenador Dn. Ismael C. Villar, inscripto para la 13ª carrera del 27 de marzo p.pdo. Asimismo se dispone hacerle saber que previo a la ratificación dicho s.p.c. deberá poseer la documentación correspondiente otorgada por el Stud Book Argentino y no podrá competir en las carreras ya programadas. Artículo 5, Inciso VII del Reglamento General de  Carreras.
APERCIBIR: al titular de la caballeriza “Hs. Las Casuarinas” (SI),  por no haber adoptado los recaudos necesarios para la participación del s.p.c. “Parade Nistel”, a cargo del Entrenador Dn. Juan A. Márquez, inscripto para la 3ª carrera del 30 de marzo p.pdo. Asimismo se dispone hacerle saber que previo a la ratificación dicho s.p.c. deberá poseer la documentación correspondiente otorgada por el Stud Book Argentino y no podrá competir en las carreras ya programadas. Artículo 5, Inciso VII del Reglamento General de  Carreras.
APERCIBIR: al titular de la caballeriza “Sudamericano” (SI),  por no haber adoptado los recaudos necesarios para la participación del s.p.c.  “Hviezda” (USA), a cargo del Entrenador Dn. Diego Peña, inscripto para la 8ª carrera del 30 de marzo p.pdo. Asimismo se dispone hacerle saber que previo a la ratificación dicho s.p.c. deberá poseer la documentación correspondiente otorgada por el Stud Book Argentino y no podrá competir en las carreras ya programadas. Artículo 5, Inciso VII del Reglamento General de  Carreras.
 
S.P.C.
 
SUSPENDER: al s.p.c. “POLO OPUESTO” por el término de treinta (30) días,  desde el 27 de marzo y hasta el 25 de abril próximo inclusive, a cargo del entrenador Dn. José L. Arrativel, por haber sido ratificado para los días 22  y 27 de marzo p.pdo. y no presentado a correr en la 7ª carrera del día 27 de marzo p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle saber al entrenador que la reiteración de tal situación será considerada falta de resp. profesional.
 
SERVICIO VETERINARIO
 
SUSPENDER: para actuar en el medio local al s.p.c. “STORM GREY” a cargo del Entrenador Dn. Wildemar E. Risolia,  a solicitud del Servicio Veterinario, por el término de dos (2) meses,  a partir del  27 de marzo  y hasta el 26 de mayo próximo inclusive, por lesión en ligamentos dístales de los sesamoides del miembro anterior derecho, durante el desarrollo de la 11ª carrera del día 27 de marzo p.pdo.
VISTO el informe elevado por el Servicio Veterinario con relación a lo acontecido con el s.p.c. “SIN DUDAS”, a cargo del Entrenador Dn. Luís E. Seglin,  que presentara epistaxis bilateral luego de disputada la 15ª carrera del día 27 de marzo p.pdo., como medida precautoria y teniendo en cuenta la importancia del mismo, se resuelve inhabilitarlo por el término de treinta (30) días desde el 27 de marzo y hasta el 25 de abril próximo inclusive.
SUSPENDER: para actuar en el medio local al s.p.c. “TRIBUTE TO TEIE”  a cargo del Entrenador Dn. José L. Arrativel,  a solicitud del Servicio Veterinario, por el término de quince (15) días,   a partir del  30 de marzo  y hasta el 13 de abril próximo inclusive, por presentar reacción alérgica inespecífica, en la revisación previa de  la   8ª carrera del día 20 de marzo p.pdo.
SUSPENDER: para actuar en el medio local al s.p.c. “SUPER GIN”  a cargo del Entrenador Dn. Leonardo G. Campelo,  a solicitud del Servicio Veterinario, por el término de seis (6) meses,   a partir del  30 de marzo  y hasta el 29 de septiembre próximo inclusive, por claudicación de tercer grado del miembro anterior izquierdo, luego de disputada la 6ª carrera del día 30 de marzo p.pdo.
VISTO el informe elevado por el Servicio Veterinario con relación a lo acontecido con el s.p.c. “VAN JULIUS”, a cargo del Entrenador Dn. Gustavo E. Scarpello,  que presentara epistaxis bilateral luego de disputada la 10ª carrera del día 30 de marzo p.pdo., como medida precautoria y teniendo en cuenta la importancia del mismo, se resuelve inhabilitarlo por el término de treinta (30) días desde el 30 de marzo y hasta el 28 de abril próximo inclusive.
 
STARTERS
 
SUSPENDER: al s.p.c. “BUENA ESTANCIA”– 4ª carrera del  27/3/2013, a cargo del Entrenador Dn. Ernesto I. Bani, por indocilidad peligrosa, demorando su ingreso al partidor. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá presentar  VºBº del Starter y en caso de reincidir, será suspendido por el término de sesenta (60) días. Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.
SUSPENDER: al s.p.c. “BORLA ORO”– 17ª carrera del  30/3/2013, a cargo del Entrenador Dn. Rolando V. Zampone, por demorar su ingreso al partidor. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá presentar  VºBº del Starter y en caso de reincidir, será suspendido por el término de sesenta (60) días. Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.
 
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 28 del Reglamento General de Carreras:
 
LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE:
 
1º) CONCEDER: Licencia Provisional de Entrenador al  señor:
LAUTARO BRUNO - D.N.I. 37.906.520
Hasta el 31 de diciembre de 2013 inclusive.
2º) RENOVAR: Licencia Provisional de Jockey a la srta.
MARIA R. SCALDAFERRI  - D.N.I. 35.209.656
Hasta el 31 de diciembre de 2013 inclusive.
 
De acuerdo a las normas establecidas en los Artículos 26 y 27 del Reglamento General de Carreras:
 
LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE:
1º) RECONOCER como propietario de caballeriza y colores a: JUAN CARLOS CALIBA – D.N.I. 14.419.987 – STUD: “MA-FRAN-MI” (SI) – Colores: marrón, blanco y naranja a cuadros, mangas naranja y  marrón, herradura naranja y marrón, gorra a  cascos.
 
 
Prensa - Hipódromo de San Isidro
Pablo Carrizo
Posted by Mário Rozano
 

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